El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Bilbao acaba de dictar sentencia por la que se declara nula la cláusula suelo inluída en el contrato de préstamo suscrito en su día por nuestros clientes con el Banco Guipuzcoano condenando en consecuencia al Banco Sabadell, la entidad que la absorvió en 2012, a restituirles más de 25.000 euros.
Muchos afectados por la cláusula suelo temen no poder recuperar las cantidades cobradas de más después de darse cuenta de que han firmado una cláusula por la que renuncian a reclamarle cantidad alguna a su banco.
Hoy se han hecho por fin públicas las conclusiones del Abogado General del TJUE sobre las cuestiones planteadas por el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada y la Audiencia Provincial de Alicante respecto del alcance de las consecuencias de la nulidad de las cláusulas suelo.
La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en auto de 8 de septiembre de 2015 (Auto 247/2015), resolvió un recurso de apelación en el que declaró nula la cláusula que recoge los diferenciales que hubieran de aplicarse durante las diferentes etapas de un préstamo hipotecario por tratarse de una “cláusula suelo encubierta”.